SECCIÓN 3.2 CALIFICACIONES DE MIEMBROS
Toda persona que profesa haber recibido la salvación que es en Cristo por medio de la fe y el arrepentimiento sincero y que a su vez da testimonio o evidencia de ello, estando de acuerdo con las doctrinas y prácticas presentadas en esta constitución puede solicitar ser miembro de la Iglesia Bautista Central.
A. POR BAUTISMO El candidato será examinado por el pastor o por uno de los asistentes del pastor antes de su bautismo.
B. POR CARTA Toda persona que proviene de otra Iglesia Bíblica Bautista con la misma doctrina y práctica debe ser presentada a la Iglesia, pidiendo una carta de traslado de membrecía de la Iglesia en donde es miembro. Toda persona será examinada por el pastor, uno de sus asistentes o un diácono de la Iglesia.
C. POR EXPERIENCIA Toda persona que ha sido miembro de una Iglesia con la misma doctrina y por alguna razón no puede conseguir carta de traslado, debe ser presentada a la Iglesia, proveyendo testimonio y evidencia de su fe en Cristo, su bautismo Bíblico y membrecía durante un tiempo razonable de asistencia a los servicios de la Iglesia.
D. POR RESTAURACIÓN Todos aquellos casos en los cuales un miembro ha sido disciplinado mediante la expulsión, puede ser recibido de nuevo, después de manifestar públicamente que se ha arrepentido y que ha cambiado su camino.
SECCIÓN 3.3 RESPONSABILIDADES DEL MIEMBRO
Al hacerse miembro de esta Iglesia, además del pacto en el Articulo 2, sección 2.3, cada uno se compromete a amar, honrar y estimar al pastor; orar por él; reconocer su autoridad en los asuntos espirituales de la Iglesia; atesorar un amor fraternal para todos los miembros de la Iglesia; apoyar a la Iglesia en la oración, diezmar y brindar ofrendas según el Señor le permita y en conformidad con los mandatos Bíblicos apoyar mediante su modo de vida, las creencias y las prácticas de la Iglesia.
SECCIÓN 3.4 PRIVILEGIOS DEL MIEMBRO
A. Sólo los miembros activos de dieciocho años de edad o más que están físicamente presentes en una reunión debidamente convocada por la Iglesia tendrán derecho a votar. No habrá ninguna votación por poder o de ausentes.
B. Estas funciones de congregación no denotan una democracia pura, sino un cuerpo bajo el dominio del Señor Jesucristo y la dirección del pastor como su delegado con la ayuda de los diáconos. Las determinaciones de los asuntos internos de esta Iglesia son los asuntos eclesiásticos y se determinarán exclusivamente por reglas propias y procedimientos de la Iglesia. El pastor supervisará y/o conducirá todos los aspectos de esta Iglesia. Los diáconos deben dar asistencia al pastor en lo que necesite.
C. La membrecía en esta Iglesia no da a los miembros ningún derecho de propiedad, contractual, o civiles basados en los principios del gobierno democrático. Aunque el público en general está invitado a los servicios de toda la Iglesia, la propiedad de la Iglesia sigue siendo propiedad privada. El pastor (o en su ausencia, un individuo designado por los diáconos) tiene la autoridad para suspender o revocar el derecho de cualquier persona, incluido un miembro, para entrar o quedarse en la propiedad de la Iglesia. Si después de ser notificado de tal suspensión o revocación, la persona entra o se queda en la propiedad de la Iglesia, la persona puede, bajo la discreción del pastor (o en su ausencia, un individuo designado por los diáconos) considerarse como un intruso.
D. Un miembro fiel en asistencia a los servicios y en sus diezmos, puede inspeccionar o copiar los estados financieros de la Iglesia, las actas de las reuniones de la Iglesia y las actas de las reuniones de otros comités, dando cinco días hábiles de preaviso a la Iglesia. La Iglesia puede imponer un cargo razonable, cubriendo los costos del trabajo y el material para las copias de cualquier documento proporcionados al miembro antes de liberar las copias al miembro que las solicite.
E. Un miembro no puede, en cualquier circunstancia, inspeccionar o copiar cualquier registro en relación con las contribuciones individuales a la Iglesia.
SECCIÓN 3.5 TRANSFERENCIA DE LA MEMBRECÍA
Los miembros, no bajo el proceso disciplinario de la sección 3.7, pueden solicitar carta de transferencia a otra Iglesia.
SECCIÓN 3.6 TERMINACIÓN DE LA MEMBRECÍA
A. La membrecía puede ser terminada, sin previo aviso, si el miembro en cuestión no ha asistido a un servicio regular de la Iglesia Bautista Central en los precedentes tres meses. Con una buena causa presentada al pastor, esta provisión de terminación de membrecía puede ser no aplicada a su discreción.
B. Ningún miembro de esta Iglesia puede mantener membrecía en otra Iglesia. Si cualquier miembro se une a otra Iglesia, se le terminará la membrecía automáticamente a esa persona sin previo aviso.
C. Un miembro puede renunciar en cualquier momento, y una carta de transferencia o declaración escrita de buena posición se expedirá con tal renuncia, bajo la discreción del pastor.